Logo Jober.es

Incendios y trabajo en España: cuándo puedes faltar y qué ayuda puedes cobrar

Compartir:

Incendios y trabajo en España: cuándo puedes faltar y qué ayuda puedes cobrar 

Un incendio forestal no termina en el perímetro de las llamas. Puede cortar carreteras, obligar a evacuar viviendas y dejar a muchas personas sin una forma segura de llegar a su puesto. Ante los grandes fuegos registrados en Madrid, Ávila y Toledo, el Gobierno aprobó el 28 de julio de 2026 un paquete extraordinario de protección laboral para quienes sufran directamente sus consecuencias. 

Las nuevas medidas no sustituyen el permiso climático que ya recoge el Estatuto de los Trabajadores. Lo complementan con una prestación específica para situaciones en las que la persona necesita suspender temporalmente su contrato, aunque la empresa continúe funcionando. 

Hasta cuatro días de permiso retribuido 

La legislación española reconoce hasta cuatro días de ausencia retribuida cuando no es posible acceder al centro de trabajo o circular por las vías necesarias para llegar. Debe existir una recomendación, limitación o prohibición de desplazamiento emitida por la autoridad competente, o un riesgo grave e inminente derivado de una catástrofe o fenómeno meteorológico adverso. 

Una empresa no debería exigir a su plantilla que atraviese una zona evacuada, una carretera cerrada o un área donde Protección Civil haya restringido los movimientos. No basta, sin embargo, con señalar que hay un incendio cerca. La imposibilidad o el peligro deben poder acreditarse mediante avisos oficiales, órdenes de evacuación o cortes de tráfico. 

Si después de cuatro días persiste el impedimento, el permiso puede prolongarse. La empresa también puede recurrir a una suspensión del contrato o a una reducción de jornada por fuerza mayor. Cuando el trabajo a distancia sea viable y seguro, podrá plantearse como alternativa. 

Una prestación extraordinaria del 70% 

La principal novedad es una prestación gestionada por el SEPE para trabajadores que deban suspender temporalmente su contrato por los efectos del fuego. Su cuantía será equivalente al 70% de la base reguladora y podrá cobrarse durante un máximo de cuatro meses. 

No se exigirá un periodo mínimo de cotización y el tiempo utilizado no reducirá las cotizaciones acumuladas para una futura prestación por desempleo. El Ministerio de Trabajo asumirá la prestación y las cotizaciones correspondientes, por lo que la suspensión no generará ese coste para la empresa. 

Según la referencia oficial del Consejo de Ministros, podrán acogerse quienes cumplan los requisitos desde el 22 de julio y hasta que finalice la campaña de peligro alto de incendios forestales de 2026. La protección también podrá aplicarse fuera del municipio afectado si las consecuencias alcanzan a trabajadores o empresas de otras localidades. 

¿Quién puede solicitarla? 

La ayuda no se limita a quienes hayan perdido su vivienda o trabajen en una empresa dañada. Podrán solicitarla quienes no puedan acceder a su domicilio por una evacuación o restricción oficial; necesiten limpiar, trasladar pertenencias o recuperar enseres; deban completar presencialmente trámites relacionados con la emergencia; o tengan que cuidar a familiares afectados. 

El permiso climático cubre principalmente la imposibilidad de llegar al trabajo durante los primeros días. La nueva prestación permite suspender el contrato cuando las consecuencias se alargan y la persona necesita atender una situación grave. 

Cómo debe iniciarse el trámite 

El trabajador tendrá que comunicar expresamente a la empresa su intención de suspender el contrato y aportar documentos que acrediten el motivo. Pueden ser resoluciones de evacuación, certificados, justificantes administrativos o pruebas de las obligaciones de cuidado. 

La empresa deberá emitir un certificado y enviarlo al SEPE en un plazo máximo de 24 horas. La prestación comenzará desde el día siguiente a la suspensión. Antes de presentar la solicitud conviene revisar la publicación oficial de la norma y las instrucciones actualizadas del SEPE, que concretarán el procedimiento. 

Protección frente a represalias 

Las represalias empresariales vinculadas a la solicitud del permiso o de la prestación podrán considerarse nulas. No debería sancionarse ni despedirse a una persona por cumplir una orden de evacuación, atender a un familiar afectado o tramitar correctamente la suspensión prevista. 

Cuando un fallecimiento esté relacionado con los incendios, el permiso retribuido se ampliará hasta cinco días hábiles posteriores al sepelio. La medida alcanzará a trabajadores por cuenta ajena y a socios trabajadores de cooperativas. 

Comunicar y guardar los justificantes 

En una emergencia, la prioridad es proteger la vida, no fichar a cualquier precio. Aun así, el trabajador debe avisar a la empresa lo antes posible y conservar avisos oficiales, comunicaciones de Protección Civil y cualquier documento que explique la ausencia. 

La empresa necesita un protocolo claro, un canal para recibir avisos y una persona responsable de gestionar cada caso. La improvisación, cuando las carreteras ya están cerradas, suele llegar envuelta en humo. 

Quienes busquen nuevas oportunidades laborales pueden consultar las ofertas disponibles en Jober.es. En contextos de emergencia, conviene confirmar la ubicación exacta del puesto y las posibles restricciones de acceso.